Concepción, 14 de agosto de 2009. Sólo hasta el 31 de agosto se podrá practicar la caza de algunas especies de animales en nuestro país, de acuerdo a lo establecido por la Ley N°19.473, la cual determina los periodos y cuotas diarias por cazador, según informó Eduardo Führer Jiménez, Director Regional (s) del SAG Bío Bío.
El periodo autorizado de caza comienza el 01 de marzo y finaliza el 31 de agosto, durante este tiempo se autoriza la captura de determinadas especies en todas o alguna de las cuatro zonas en que divide la Ley al territorio nacional, como por ejemplo sólo desde el primero de marzo se puede cazar ciervos rojo, dama y corzo en todo el país, mientras que faisanes sólo se pueden capturar en la zona austral, señaló el directivo.
En este sentido explicó que la Ley de Caza establece cuatro zonas: Norte, centro, sur y austral, estableciendo en cada una de ellas fechas de caza y cuotas diarias de especie por cazador/a. En el caso de la de la zona sur la que comprende las regiones del Bío Bío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos- se pueden capturar actualmente yecos (diez por jornada), codornices (25 por jornada), zorzales (cinco por jornada), mirlos (10 por jornada), el resto de las especies autorizadas ya finalizó su periodo de caza permitido.
La caza sólo puede practicarse previa obtención de un carné otorgado por el SAG, el que tiene un costo de 0,35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para permisos de caza menor y de 0,70 UTM para caza mayor. Esta credencial tiene una duración de dos años y se otorga a personas mayores de 18 años, quienes deben aprobar un examen de conocimientos de las disposiciones legales y reglamentarias de caza como vedas, especies permitidas de caza, entre otras materias.
Sobre la fiscalización dijo que funcionarios/as del SAG junto con Carabineros de Chile realizan periódicamente controles de caza en distintos puntos carreteros, instancia en que se verifica que los cazadores porten la credencial vigente que los autoriza para la caza y también el cumplimiento de la normativa en cuanto a las especies y su número de caza permitido.
Nosotros como institución no sólo fiscalizamos esta Ley durante el periodo de caza sino que todo el año, labor que también realizan inspectores/as ad honorem del SAG e inspectores/as de Conaf, Sernapesca y Autoridad Marítima. Además destacó que sólo se puede cazar en terrenos propios o ajenos con permiso del dueño o representante legal y que no se puede cazar en reservas de regiones vírgenes, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, santuarios de la naturales, áreas prohibidas de caza, zonas urbanas, líneas de ferrocarriles, aeropuertos, en y desde caminos públicos, lugares de interés científico, lugares de aposentamiento de aves guaníferas, o a una distancia menor de 400 metros de cualquier sitio poblado o vivienda aislada.
En este sentido recalcó que cualquier persona puede realizar una denuncia responsable sobre situaciones irregulares en esta materia en cualquiera de las oficinas del SAG en la Región o en Carabineros de Chile. Quienes infrinjan la Ley de Caza se exponen a multas y sanciones, las cuales podrán ser dictadas por el SAG o por el Tribunal del Crimen o Juzgado de Garantía, dependiendo de la falta. Éstas varían entre una y 100 UTM, retención de las armas de fuego, suspensión del permiso de caza o presido en su grado medio o máximo.
Áreas Prohibidas de Caza
En la Región del Bío Bío existen dos zonas prohibidas de caza: Entre Ríos y Humedal Tubul-Raqui, áreas en las que no se puede cazar o capturar anfibios, reptiles, aves y mamíferos silvestres.
La primera -decretada el año 2000 por un período de 20 años- contempla una superficie de 435 mil 250 hectáreas, ubicadas entre los ríos Itata por el norte, Laja y Bío Bío por el sur, borde costero por el poniente y ruta 5 sur por el oriente. Mientras que en la zona Humedal Tubul Raqui, ubicado en la comuna de Arauco, Provincia de Arauco, se estableció, el año 2006, un periodo de veda o de prohibición de 30 años en una superficie de siete mil 822 hectáreas.
Los humedales se caracterizan por ser un área de nifidicación y reproducción de especies aves silvestres y migratorias como: cisnes de cuello negro, cisnes coscoroba, rayadores, zarapitos, bandurrias, flamencos, patos jergones, yecos, entre otros, razón por la cual se encuentran protegidos por convenios internacionales, acuerdos que han sido ratificados por Chile.