La norma que regula el Sistema Nacional de Autorización de Terceros del SAG es la Resolución Exenta N° 3.571 de 2020, publicada en el Diario oficial el 30 de mayo de 2020.
El SAG otorga la Autorización de terceros en la ejecución del desembarco, transporte, tratamiento y disposición final de basura orgánica de naves provenientes del extranjero o desde puertos nacionales ubicados en áreas bajo cuarentena interna.
Por fundadas razones de bioseguridad, hasta el año 2005 el SAG mantuvo la prohibición de descargar en el territorio nacional la basura orgánica originada en naves que proceden del exterior y/o desde puertos nacionales ubicados en áreas bajo cuarentena interna. No obstante lo anterior, y a fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales suscritos, para la facilitación y simplificación del transporte y comercio marítimo, mediante la Resolución N° 5.581 del 14 de octubre de 2005 se autoriza el desembarque y tratamiento sanitario de basuras orgánicas de naves provenientes del extranjero y de puertos nacionales ubicados en áreas bajo cuarentena interna.
En razón de ello, el Servicio aprobó el Reglamento Específico para la acreditación de terceros en la ejecución de las labores de desembarco, transporte, tratamiento y disposición final de basura orgánica de naves provenientes del extranjero o desde puertos nacionales ubicados en áreas bajo cuarentena interna.
Este Reglamento contempla sólo dos alternativas de tratamiento de la basura orgánica, incineración y esterilización por autoclave. Además, establece las regulaciones y procedimientos necesarios para disminuir el riesgo de introducción, diseminación y establecimiento en el territorio nacional de plagas de los vegetales y enfermedades de los animales y la protección del medio ambiente, los que deberán ser cumplidos por el Tercero Autorizado.
La ejecución de estas tareas exige al Tercero Autorizado un permanente y riguroso cumplimiento de las regulaciones establecidas, siendo responsable de los resguardos durante todo el proceso, que se inicia con la autorización de su solicitud de efectuar el proceso de descarga de la basura orgánica.