Cada establecimiento pecuario debe ser inscrito por su titular en cualquier Oficina SAG, completando el Formulario de Inscripción de Establecimientos (FIE). El titular se presume, sólo para efecto sanitario y de este Programa, responsable de los animales que se encuentran dentro de su establecimiento y puede designar, ante el SAG, a otras personas que también actuarán con carácter de responsable de dichos animales.
La inscripción de un establecimiento conduce a la obtención del Rol Único Pecuario (RUP).
El titular del establecimiento debe:
- demostrar su condición al momento de registrarse, mediante una copia simple de los siguientes documentos:
- título de dominio vigente (propietarios)
- contrato de arriendo (arrendatarios)
- mandato (mandatarios)
- otros
- declarar la existencia de animales presentes en el establecimiento al momento de inscribirse, mediante el Formulario de Declaración de Existencia de Animales (FDEA).
En dicho formulario se consignan los siguientes antecedentes:
- ubicación y clasificación del establecimiento
- nombre y RUT del titular
- responsables del establecimiento
- antecedentes de contacto para que el Servicio pueda enviar información
Al mismo tiempo, se solicitará que el titular o responsable del establecimiento autorice la publicación de sus antecedentes.
El original del FIE queda respaldado en un archivo en la oficina SAG correspondiente a la jurisdicción del establecimiento inscrito. La copia de este Formulario debe ser guardada por los solicitantes como respaldo de su inscripción.
Toda información entregada por los titulares y demás participantes del procedimiento es utilizada por el SAG para fines institucionales, ya sea por sí mismo o por terceras personas especialmente contratadas.
Si el establecimiento sufre cualquier tipo de transformación que altere su condición inicial (en el sentido de dejar de contar con animales), el titular del establecimiento o la persona quien él designe, debe informar del hecho en cualquier oficina SAG dentro de los 15 días posteriores a su acaecimiento, con el fin de modificar dicha información en el Sistema Oficial de Información Pecuaria (SIPECweb).
El Servicio puede celebrar convenios con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras para externalizar servicios o exigencias del Porgrama Oficial de Trazabilidad. Además, el SAG puede establecer acuerdos o convenios con instituciones públicas o privadas, personas naturales o jurídicas para la distribución o retiro del Formulario de Inscripción de Establecimientos.