Embalajes de madera
La madera en bruto se utiliza con frecuencia para el embalaje de madera. Puede ocurrir que dicha madera no sea sometida a suficiente procesamiento o tratamiento que elimine o mate las plagas, convirtiéndola en una vía para la introducción y dispersión de plagas. Además, el embalaje de madera es muy a menudo reutilizado, reparado o refabricado con lo cual, resulta difícil determinar el verdadero origen de cualquier parte del embalaje de madera, y por consiguiente, no puede determinarse su estatus fitosanitario.
Por esto, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de la FAO aprobó la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF N° 15), la cual regula el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional.
Basado en esta norma el SAG procedió a regular los embalajes de madera que ingresan al territorio nacional y las empresas que aplican tratamientos para el material de embalaje utilizado para la exportación:
- Resolución N° 133 de 2005 (modificada por Resolución N°2.859 de 2007, Resolución N° 7.008 de 2013 y Resolución N°4.782/2023) que reglamenta el ingreso de embalajes de madera al territorio nacional y su finalidad es reducir el riesgo de introducción, establecimiento y dispersión de plagas cuarentenarias asociadas a este tipo de material.
- Resolución N° 3.301 de 2006 que aprueba el Reglamento Especifico para la Acreditación de Terceros en la Ejecución de Tratamientos y Timbrado de Maderas y de Embalajes de Madera de Exportación, que regula la confección de embalajes a nivel nacional.
Es la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N° 15 que regula el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional y que describe las medias fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y/o dispersión de plagas relacionadas con el embalaje de madera (incluida la madera de estiba).
Embalajes de madera de exportación
Los embalajes de madera utilizados en el comercio internacional se encuentran regulados internacionalmente por la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias N° 15 (NIMF N° 15) del 28 de abril de 2009 y a nivel nacional por el Reglamento Específico NIMF N°15.
Embalajes de madera de importación
Lo embalajes de madera utilizados para el transporte de cualquier envío procedente del extranjero o en tránsito, deben cumplir con la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias, NIMF N°15.