Solicitud de Permiso de Importación de Muestras o Productos Pecuarios Sin Fines Comerciales

Descripción del trámite

 

Este trámite permite solicitar un permiso para el ingreso de muestras o productos pecuarios de origen animal sin fines comerciales al país.

 

1. ¿Qué es?

El permiso de importación corresponde a una autorización excepcional, que se oficializa mediante una carta suscrita por el jefe de la División de Protección Pecuaria del SAG, la cual permite el ingreso al territorio nacional, en cantidades específicas, de muestras o productos pecuarios sin fines comerciales.

La solicitud de permiso de importación se realiza mediante un formulario, que contienen una serie de campos para ingresar los datos e información más relevante para el análisis que realiza el SAG.

2. ¿Cuál es la finalidad de este tipo de permiso?

Regular el ingreso de muestras y productos pecuarios sin fines comerciales, que podrían representar un riesgo sanitario para el país. Este control se realiza mediante la evaluación técnica de los datos e información entregados en el formulario de solicitud, a fin de garantizar la protección del patrimonio zoosanitario de Chile.

3. ¿Qué artículos requieren autorización del SAG para ingresar a Chile?

Muestras o productos de origen animal, cuya cantidadpesovolumenfrecuencia de importación y otras características demuestren que no serán utilizados para fines comerciales. Destacan tres categorías:

  • Muestras o productos para laboratorio: internados con fines de investigación, ensayo, análisis de laboratorio, pruebas de campo, demostraciones y actividades similares. Por ejemplo: sangre/suero/orina/heces de animales, cultivos celulares, bacterias, virus, kits diagnósticos.
  • Muestras o productos para degustación: internados con fines promocionales, publicitarios, de degustación u otra actividad semejante, con el objeto de demostrar sus características o propiedades. Por ejemplo: carnes y cárnicos procesados (embutidos, otros), lácteos (quesos, yogurts, otros), preparaciones culinarias (pizzas, empanadas, pastas rellenas, otros).
  • Otras muestras o productos pecuarios no convencionales que igualmente requieren evaluación del SAG (por ejemplo: guano de murciélago) o que requieren un análisis de riesgo más profundo (por ejemplo: muestras de músculo para ensayos de laboratorio procedentes de países con fiebre aftosa).

4. ¿Qué artículos NO requieren autorización del SAG para ingresar a Chile?

Los productos listados en la Resolución SAG N° 4.467/2018:

Ácidos nucleicos purificados
Anticuerpos purificados
Citocromos
Diluyentes para semen
Enzimas
Fermentos o cultivos lácticos
Gelatinas purificadas
Líneas celulares
Medios de cultivo
Placas con antígenos inactivados
Betapropiolactona
Tejidos fijados en formalina
Cortes histológicos fijados
Soluciones hidrosalinas
Tripsina en sus diferentes presentaciones

Los productos listados en la Resolución SAG N° 91/2022:

a) Todo producto industrializado de origen lácteo, en todas sus variedades y presentaciones (incluidas las fórmulas para lactantes), a excepción de los siguientes productos que deben proceder de establecimientos habilitados por el SAG y cumplir con los requisitos sanitarios específicos respectivos:

leche fluida (incluidas las saborizadas),
leche en polvo
quesos,
mantequillas,
cremas,
yogurts,
grasas de mantequilla y grasas de leche anhidra.

b) Mezclas que contengan leche o queso y sucedáneos en sus ingredientes.

c)Todo producto de repostería, tales como, chocolates, galletas, pasteles, tortas, mezclas y premezclas de repostería, helados, postres helados y cereales con leche entre otros.

d) Productos para cocinar en polvo, tales como bases, sopas, cremas deshidratadas, caldos; aliños, mayonesas, aderezos y derivados en todas sus variedades y presentaciones; salsas de todo tipo con excepción de las salsas tipo boloñesa, carbonara que contienen cárnicos.

e) Ovoproductos pasteurizados, deshidratados o en polvo y sus derivados en cualquier presentación.

f) Plasma bovino congelado para uso industrial destinado únicamente para la alimentación humana.

g) Lanas industrializadas, tales como teñidas, en tops, en blousse o con algún tratamiento o proceso similar y los subproductos del lavado de la lana y sus derivados como lanolina.

h) Cueros bovinos, equinos, ovinos y porcinos con tratamiento como wetblue, piquelado, curtido o semicurtido.

i) Platos o comidas preparadas que sólo contenga lácteos como ingredientes pecuarios, tales como las pastas, empanadas, pizzas, lasañas, barritas de queso apanada, entre otros.

j) Cenizas de huesos.

5. ¿Cómo se realiza este trámite?

  1. Ingrese al sistema Cerofilas del SAG mediante el siguiente enlace: https://cerofilas.sag.gob.cl/.

  2. Elija el trámite "Solicitud de permiso de importación pecuario".

  3. Ingrese con su Clave Única (¿qué es y cómo obtenerla?). 

  4. Elija el permiso: “Importación de productos pecuarios o muestras sin valor comercial”.

  5. Elija uno de los 2 subtipos disponibles: sin antecedentes previos/con antecedentes previos (para saber cuál de las dos opciones elegir, favor enviar la consulta a pipec@sag.gob.cl).

  6. Complete el formulario de la solicitud.

  7. Realice el pago.

Una vez realizada la evaluación técnica de la solicitud por parte del SAG, se aprobará o rechazará el permiso de importación respectivo (ver punto 8).

Importante: Es fundamental la correcta selección del tipo de permiso de importación (productos/muestras pecuarias sin valor comercial) y subtipo (sin antecedentes previos/con antecedentes previos), ya que difieren entre sí en los montos a pagar. El SAG no se hace responsable por las solicitudes mal cursadas; si Ud. tiene alguna duda, plantéela previamente a: pipec@sag.gob.cl.

6. ¿Cuál es el costo del trámite?

Los valores para cada tipo de permiso se encuentran establecidos en la Resolución SAG N° 7.113 de 2016.

Importante: El cobro corresponde al análisis técnico de la solicitud de permiso de importación, lo cual es independiente de su resultado (aprobación/rechazo).

7. ¿Cuánto demora el análisis técnico de la solicitud?

El SAG cuenta con un plazo de 10 días seguidos para dar una respuesta desde la fecha de presentación de la totalidad de los antecedentes..

8. ¿Recibiré alguna notificación una vez aprobada o rechazada la solicitud?

Tanto la aprobación como el rechazo de la solicitud de permiso de importación serán notificados mediante un correo electrónico. En caso de aprobación, podrá descargar desde el sistema online Cerofilas la carta oficial autorizando el ingreso.

Cabe señalar que la aprobación será notificada internamente al control fronterizo por donde ingresará la muestra o el producto aprobado.

9. ¿Cuál es la vigencia del permiso?

El permiso de importación se podrá utilizar por vez única y su vigencia se extenderá por 60 días seguidos a contar de la fecha de emisión.

10. ¿Qué otros aspectos se deben considerar?

a) Es fundamental tener en consideración que, este trámite se debe realizar con anticipación a la importación, es decir, previo al arribo de las muestras o productos pecuarios a Chile.

b) Si las muestras o productos pecuarios llegan al control fronterizo y no cuentan con su respectivo permiso de importación, serán retenidos por los inspectores del SAG y no podrán ingresar al país.

c) El producto que se autoriza, debe ingresar al país acompañado de una copia de la carta, ya sea portada por la persona que ingresa el producto o incorporada en el bulto que se envíe si el ingreso será a través de alguna empresa de envío internacional (Courier/Correos o Carga).

d) Al ingreso al país, el producto autorizado debe estar etiquetado o con documentos acompañados, que permita a los inspectores del SAG verificar que corresponde al producto, cantidad y origen autorizados.

e) Al arribo al país, un inspector/a SAG del control de frontera verificará que el producto cumpla con todas las especificaciones estipuladas en la autorización y, en caso de no corresponderse, será interceptado y no se autorizará su ingreso al país.

f) Este permiso libera a los productos autorizados del trámite regular de importación ante el SAG. No obstante, este trámite podrá ser requerido a este Servicio, si así lo determina el Servicio Nacional de Aduanas por considerar que el producto posee valor comercial.

g) Este permiso no exceptúa de la obligación de cumplir, si corresponde, con otras regulaciones para mercancías importadas, como regulaciones en materias agrícolas, CITES (Convención sobre el Comercio Internacional  de  Especies  Amenazadas de  Fauna y Flora   Silvestre), lo establecido en  la  Ley de Caza  referente a  internación de  fauna exótica  para Chile, o  las regulaciones asociadas a mercancías de condición orgánica.

11. ¿Cuál es el marco legal?

12. Otros permisos de importación

 

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

1. Haga clic en "Ir al Trámite".

2Ingrese su "ClaveUnica" y haga clic en "Ingresa".

3Visualizará una pantalla con sus datos, haga clic en el botón rojo "Siguiente".

4. Elija el tipo de permiso: "Importación de productos pecuarios o muestras sin valor comercial".

5Elija uno de los 2 subtipos disponibles: sin antecedentes previos / con antecedentes previos.

6Haga clic en el botón rojo "Siguiente".

7Complete el formulario de solicitud y haga clic en "Siguiente".

8Realice el pago (el sistema le redirigirá al botón de Pagos, en otra ventana).

9. Como resultado del trámite tendrá el permiso de importación.

 

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