Rol del SAG en Planes de Prevención y Descontaminación vigentes
La ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente define los Planes de Prevención y/o Planes de Descontaminación Atmosférica (PPDA y/o PDA) como instrumentos de gestión ambiental, que, a través de la definición e implementación de medidas y acciones específicas, tienen por finalidad reducir los niveles de contaminación del aire para así recuperar los niveles de concentración señalados en las normas ambientales de calidad.
Las medidas y/o acciones vigentes son:
- Uso y mejoramiento de calidad de la leña.
- Uso y mejoramiento de artefactos de calefacción.
- Mejoramiento de la eficiencia térmica de las viviendas.
- Control de emisiones de fuentes fijas.
- Control de emisiones asociadas a las quemas agrícolas, forestales y domiciliarias.
- Control de emisiones asociadas a fuentes móviles.
- Gestión de episodios críticos de contaminación.
- Educación y difusión ambiental.
- Compensación de emisiones.
Los PPDA se generan a través de un Comité Operativo, formado por diversos Servicios Públicos, y son oficializados a través de un Decreto Supremo. Actualmente se encuentran vigentes 20 PPDA a lo largo de todo el país, y en 14 de ellos el SAG tiene compromisos de fiscalización. Ellos son los siguientes:
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DS N° 15/2013 Plan de Descontaminación Atmosférica para El Valle Central de la Región de O’Higgins.
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DS N° 47/2016 Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Osorno.
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DS N° 49/2016 Plan de Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Talca y Maule.
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DS N° 25/2017 Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Valdivia.
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DS N° 4/2019 Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Los Ángeles.
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DS N° 7/2019 Plan de Descontaminación Atmosférica para la Ciudad de Coyhaique y su Zona Circundante.
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DS N° 44/2019 Plan de Descontaminación Atmosférica para El Valle Central de La Provincia de Curicó.
El rol fiscalizador de nuestro Servicio, en los PPDA antes mencionados y a excepción de los DS 105/19 PPDA para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, DS 81/98 PPDA para el área circundante a fundición Caletones, y DS 180/95 PPDA para la fundición Hernán Videla Lira, está enfocado a las quemas agrícolas, las cuales se rigen por el siguiente calendario para su ejecución:
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