Sistema de control oficial de inocuidad agrícola
Resolución 7.550 "Que Establece el Sistema de Control Oficial de Inocuidad en la Cadena Agroalimentaria de los Productos Hortofrutícolas Primarios de Exportación y Deroga Resolución N° 3.410/2002".
Principios establecidos
Esta Resolución establece que la responsabilidad de asegurar la inocuidad de los productos hortofrutícolas primarios destinados a la exportación radica en los actores privados que los producen, procesan, importan, embalan, almacenan y exportan, en adelante los participantes, introduciéndolos en la cadena agroalimentaria para fines de exportación, sin perjuicio de las acciones de control oficial que el Servicio ejerza en esta materia, para comprobar la eficacia de la implementación y mantención de los sistemas de aseguramiento de la inocuidad que cada participante ha definido, en base al riesgo de su propio proceso.
La nueva Resolución de Inocuidad Agrícola establece que todos los participantes deben estar registrados en el Sistema de Registro Agrícola, que es la plataforma web del SAG, en la cual, las empresas declaran las certificaciones de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA’s), Buenas Prácticas de Manufactura (BPM’s) y de los Sistema de Análisis de Peligros y de Puntos Críticos de Control (HACCP) que disponen. También el sistema permite que se declare la condición de Agricultura orgánica que esté certificada.
Para asegurar la inocuidad de los productos, el SAG valida los sistemas de autocontrol, cuando estos utilizan los laboratorios autorizados por el SAG para la ejecución de análisis de residuos de plaguicidas, de contaminantes microbiológicos y por último, los análisis de presencia de metales pesados en productos hortofrutícolas destinados a la exportación.
El Servicio realiza inspecciones de inocuidad a los distintos participantes de la cadena de exportación de productos hortofrutícolas primarios destinados a la exportación, verificando en cada caso, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución 7550/2021.
Acciones de control oficial.
Las acciones de Control Oficial son para comprobar la eficacia de la implementación y mantención de los sistemas de aseguramiento de la inocuidad que cada participante ha definido, en base al riesgo de su propio proceso y están constituidos por monitoreos de vigilancia de los principales peligros, como son los residuos de plaguicidas, la presencia de contaminantes microbiológicos y de metales pesados, los cuales son contrastados con la normativa nacional y de los principales países de destino de las exportaciones chilenas.