El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y el Instituto Nacional de Normalización (INN) firmaron un convenio de colaboración con el objetivo de cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo N° 4/2009, “Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”.
Este reglamento establece la clasificación sanitaria de los lodos, así como las exigencias mínimas para su manejo, y da cuenta de restricciones, requisitos y condiciones técnicas para la aplicación de ellos en suelos específicos. Es importante destacar que los lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas, debido a su alto contenido de materia orgánica, pueden mejorar significativamente las condiciones físicas y químicas del suelo.
El artículo N° 29 del mencionado Decreto Supremo señala que el SAG es responsable de establecer los procedimientos y metodologías para determinar las características fisicoquímicas de los lodos y del suelo. Con el fin de llevar a cabo este proceso de fiscalización de manera óptima, el SAG y el INN han acordado trabajar en conjunto a través de un convenio de colaboración que tiene como objetivo principal la acreditación de laboratorios de ensayo interesados en determinar las características fisicoquímicas de lodos y suelo. Esta iniciativa permitirá asegurar la calidad y la confiabilidad de los resultados obtenidos, contribuyendo así al cumplimiento efectivo de las disposiciones establecidas en la ley.
Resolución Exenta N° 2.205 - Aprueba convenio de colaboración entre el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y el Instituto Nacional de Normalización (INN)