Solicitud de Certificado Zoosanitario de Exportación para Salir de Chile con Perros, Gatos y Hurones Mascotas
Descripción del trámite
Este trámite permite obtener un Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE) que emite el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), para acreditar que el animal cumple con los requisitos de ingreso exigidos por el país de destino.
¿A quién va dirigido?
Personas que viajen al extranjero con perros, gatos o hurones, en forma temporal o definitiva.
Detalles de la solicitud del trámite
Toda la información necesaria para salir del país con su mascota se encuentra disponible en el siguiente link: https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/salida-de-mascotas-de-chile-perros-gatos-y-hurones
¿Qué necesito para solicitar el certificado Zoosanitario de Exportación?
Requisito |
Solicitud presencial |
Solicitud digital |
Poseer nacionalidad Chilena o Extranjera |
Para usuarios con nacionalidad Chilena o Extranjera |
Exclusiva para usuarios/as con Cédula de Identidad Chilena. |
Clave Única |
No requiere |
Requiere. Más información: https://www.claveunica.gob.cl/ |
Conocer fecha de viaje y antecedentes del destino. |
Aplica para ambos trámites |
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Inscripción de la mascota en el Registro Nacional de Mascotas |
Obligatorio para ambos casos. Más información en https://registratumascota.cl |
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Certificado de Salud de la mascota, de no más de 10 días de antigüedad. |
Obligatorio en ambos casos. El Certificado de salud corresponde a la libreta de atención del Médico Veterinario. Si bien no es obligatorio presentar el siguiente formato, éste ha sido especialmente elaborado por el SAG para dicho fin, por lo que presenta todos los antecedentes necesarios para evaluar su solicitud adecuadamente. |
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Certificado de vacunación antirrábica, vacuna séxtuple/óctuple (perros) o triple felina (gatos) y de desparasitación. |
Requiere que las vacunas y desparasitación cumplan con los requerimientos específicos de aplicación antes del viaje al país destino. Verificar en http://reqpecuaria.sag.gob.cl |
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*Otros requisitos específicos del país. |
Existen países que presentan exigencias de vacunación y desparasitación distintos a los indicados anteriormente. Verificar en http://reqpecuaria.sag.gob.cl |
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El trámite se puede realizar durante todo el año. |
Aplica para ambos trámites |
¿Cuál es el costo del trámite?
0,14 Unidad Tributaria Mensual (UTM). En el caso de la solicitud digital se paga en línea al ingresar el requerimiento.
¿Qué vigencia tiene?
Vigencia dada por el país de destino al Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE) (desde que el SAG lo emite, hasta que se presenta al ingresar al país).
¿Marco Legal?
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Ley N° 21.020, sobre tenencia responsable y animales de compañía.
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Decreto N° 1.007/2018, Reglamento que Establece la Forma y Condiciones en que se Aplicarán las Normas sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía y Determina las Normas que Permitirán Calificar a Ciertos Especímenes Caninos como Potencialmente Peligrosos.
¿Qué exigen los países de destino para ingresar con mascotas procedentes de Chile?
Cada país establece los requisitos específicos de ingreso para las mascotas; es importante que el usuario revise con anticipación estas exigencias en el sistema de búsqueda de requisitos sanitarios del SAG: http://reqpecuaria.sag.gob.cl.
Los perros y gatos menores de 4 meses presentan exigencias especiales, por no haber completado aún su Plan de vacunación; por ello, para obtener su Certificado de Exportación es necesario consultar en la oficina SAG correspondiente (directorio de oficinas SAG).
El siguiente cuadro incluye información referencial de los principales requisitos de ingreso establecidos por algunos países destino. Se debe considerar que esta información es una aproximación de las exigencias y NO reemplaza la revisión que debe realizar el usuario en http://reqpecuaria.sag.gob.cl.
País |
Vacunas |
Desparasitación interna y externa |
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Antirrábica |
Específicas caninas |
Específicas felinos |
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Argentina |
Vigente |
No exige |
No exige |
En los 15 días previos a la emisión del Certificado |
Perú |
Vigente |
Óctuple |
Triple felina |
En los 30 días previos al embarque |
Colombia |
Vigente |
Óctuple |
Triple felina |
Dentro de los 60 días previos al viaje |
Estados |
Vigente |
No exige |
No exige |
No exige |
México |
Vigente |
No exige |
No exige |
En los 6 meses previos al embarque |
Ecuador |
Sí, aplicada 21 días previo al embarque |
Séxtuple u óctuple, aplicada 21 días previo al embarque |
Triple felina, aplicada 21 días previo al embarque |
En los 21 días previos al embarque |
Venezuela |
Vigente |
Séxtuple u óctuple |
Triple felina |
En los 30 días previos al embarque |
Países miembros de la Unión Europea, UE |
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Vacunación antirrábica |
Se exige que la mascota cuente con vacuna vigente y que hayan transcurrido al menos 21 días desde su aplicación |
Existen excepciones para animales de 3 y 4 meses. Consultar con oficinas SAG |
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Desparasitación |
Se exige exclusivamente para las mascotas que tienen como destino Finlandia, Irlanda, Malta y Reino Unido |
Específica para Equinococcus multilocularis, administrado en un periodo de 24 -120 h previo al ingreso a la UE |
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Identificación (chip o tatuaje) |
Se requiere la identificación y que su aplicación/marcaje haya sido realizada antes que la última vacunación para rabia |
Declaraciones complementarias |
Hay 3 documentos que debe revisar para presentar junto con la solicitud de certificación: 1.- Declaración de la persona que viaja con la mascota. 2.- Declaración de ausencia de contacto con animales salvajes. 3.- Declaración de tránsito sin contacto con animales salvajes. |
Mascotas con pasaporte |
Exclusivo para mascotas que retornan a la UE. Deben cumplir una de las siguientes opciones:
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¿Dónde encuentro los requisitos exigidos según país y tipo de mascota?
Los requisitos zoosanitarios se encuentran disponibles en el “Sistema de requisitos sanitarios para la exportación de animales vivos y productos de origen animal”, en el siguiente enlace, como se señaló anteriormente: http://reqpecuaria.sag.gob.cl/.
Una vez que ha ingresado en el sistema, visualizará la siguiente interfaz (imagen inferior) donde deberá seleccionar las opciones pertinentes a su viaje; luego deberá descargar el modelo de Certificado Zoosanitario para Exportación, donde se señalan los requisitos específicos para el país de destino.
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País: de destino
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Categoría: “ANIMALES VIVOS”
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Especie: “CANINOS” o “FELINOS” o “HURONES”
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Grupo: “MASCOTA O COMPAÑÍA”
Si al seleccionar un país no aparece entre las opciones la categoría “animales vivos” o "especie" de su interés, ello significa que aún no se dispone de los requisitos solicitados por ese país para estas mascotas. Lo mismo es válido con las opciones siguientes, es decir, podría visualizar “animales vivos”, pero no la especie buscada. Si este es su caso, contáctese con la oficina sectorial del SAG y consulte si hay alguna alternativa.
¿Existe un modelo de Certificado de Salud que deba presentarse para soliciar el Certificado Zoosanitario de Exportación?
Si bien no es obligatorio presentar el siguiente formato, éste ha sido especialmente elaborado por el SAG para dicho fin, por lo que presenta todos los antecedentes necesarios para evaluar su solicitud adecuadamente.
Inscripción obligatoria en el "Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía"
Con el fin de dar cumplimiento a la Ley N° 21.020/2018 sobre “Tenencia responsable de mascotas y animales de compañía”, es obligatorio para la emisión de Certificados Zoosanitarios de Exportación (CZE) de animales de compañía, que su/s mascota/s se encuentre/n debidamente inscrita/s, o en proceso de trámite de inscripción, en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
Para verificar aquello, se requiere:
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Comprobante de solicitud de registro en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
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Comprobante de registro vigente en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
Consideraciones:
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Para las personas extranjeras que residen permanentemente en Chile: La inscripción de su(s) mascota(s) en el Registro Nacional de Mascotas y Animales de Compañía es obligatoria, y se puede realizar sólo presencialmente, en la Municipalidad respectiva, debiendo para ello:
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Exhibir el documento de identificación del país de origen.
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Mostrar el Comprobante de Existencia del animal *.
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Entregar una Declaración simple de Dueño o Poseedor**.
Para mayor información o consultas sobre la inscripción favor escribir a: tenenciaresponsable@subdere.gov.cl
Para las personas extranjeras que residen en Chile de forma temporal: No es obligatoria la inscripción de su mascota en el Registro Nacional de Mascotas, por ende, si ingresaron al país con una mascota identificada por medio de un microchip, éste es válido para su salida del país. Sin embargo, al momento de salir del país, deben garantizar que la mascota se encuentra identificada conforme lo establece la Ley, mediante el Comprobante de Existencia Para Registro con Microchip o Comprobante de Existencia para Registro con Dispositivo Externo, los que han de ser validados por un médico veterinario (modelos disponibles en registratumascota.cl).
* Comprobante de Existencia: Documento tipo emitido, con firma y timbre correspondiente, por un médico veterinario, por un técnico veterinario y, en los casos previstos en el Reglamento, por el funcionario municipal correspondiente, en el que consta fehacientemente la existencia y características físicas del animal junto con el número de microchip en caso de tenerlo implantado.
** Declaración Simple de Dueño o Poseedor: Documento tipo que lleva la firma y datos de individualización del declarante en el que indica ser el dueño o poseedor de la mascota descrita.
Más información se encuentra disponible en los siguientes enlaces:
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En oficina1- Reúna los antecedentes requeridos. 2- Diríjase a la oficina regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) más cercana. 3- Explique el motivo de su visita: obtener la certificación sanitaria para viajar con mascotas (perros, gatos y hurones) fuera de Chile. 4- Entregue los antecedentes requeridos y pague el trámite. 5.- Plazo de entrega del certificado: 3 días hábiles desde la solicitud. 6- Como resultado del trámite, habrá obtenido el Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE).
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En línea1- Haga clic en "Ir a trámite". 2- Ingrese su Clave única y haga clic en "Autenticar". 3- Complete la Solicitud de Certificado Zoosanitario de Exportación para Salir de Chile con perros, gatos y hurones. Ingresando todos los antecedentes y documentos requeridos. Pague el trámite. 5.- Plazo de entrega del Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE): 3 días hábiles desde la solicitud.
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Importante:
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Algunos países exigen la legalización del certificado sanitario, lo que debe solicitarse al departamento de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Luego, debe presentar estos documentos al consulado o sección consular del país donde serán utilizados, para los efectos de su autenticación.
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Si la estadía en el extranjero es inferior a 21 días o exclusivamente de 60 días para la República Argentina, al momento de solicitar el CZE se debe informar al SAG que la salida será por dicho plazo para consignar en el CZE que corresponde a una salida temporal. Para volver al país, se debe presentar en el control fronterizo de retorno a Chile una copia del CZE, acompañado de los mismos certificados de salud y vacuna antirrábica que presentó al SAG para solicitar el CZE de salida de su mascota.
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Si la estadía en el extranjero supera dicho período, debe obtener un nuevo certificado extendido por la autoridad sanitaria oficial del país de procedencia.
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Revise los requisitos exigidos según país y tipo de mascota, y obtenga más información.