Según el numeral 4.1.1 Indica que el Responsable Tecnico (titular y subrogante) deberá aprobar, bajo responsabilidad y postulación que canalice el tercero, un curso de capacitación para responsables técnicos, dictado por el SAG, en materias referentes a la ejecución de las actividades oficiales comprendidas en el Reglamento específico y en el “Procedimiento administrativo específico para terceros autorizados en la verificación de solicitudes de SPR”, código D-ATR-AAT-095, en la modalidad que establezca el Servicio.
Este curso deberá ser efectuado por las personas presentadas a desempeñar el rol de responsable técnico una vez que el postulante a la autorización cuente con resultados favorables tanto para la etapa de evaluación técnica como de evaluación jurídica.
El curso será realizado por el Departamento de Protección y Conservación de Suelos y Aguas del SAG, el cual emitirá un informe con los resultados de la aprobación o reprobación del curso. Dicho informe será enviado al DTCyAT, quien comunicará formalmente al tercero el resultado de dicha evaluación.