La norma especial que regula las transacciones comerciales de trigo es el Decreto N° 63 de 2013, del Ministerio de Agricultura. Este reglamento tiene por objeto establecer las metodologías para la medición de la cantidad, masa o volumen del trigo, así como la toma, obtención, manipulación, conservación, el transporte y custodia de las muestras y contramuestras, del análisis de sus características, como las metodologías a utilizar por los laboratorios de calibración en el desarrollo de su función, de conformidad con la Ley 20.656.
Preguntas frecuentes relacionadas con el Reglamento especial para el trigo, en el marco de la ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios:
FUENTE: Texto elaborado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con la colaboración de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA). Versión publicada el 27.12.2023.
IMPORTANTE
Las respuestas han sido desarrolladas de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria vigente a la fecha de la presente publicación (Ley N° 20.656, Decreto N° 19 de 2013 y Decreto N° 63 de 2013, ambos del Ministerio de Agricultura).
Las respuestas son ayudas referenciales que deben ser complementadas con la situación particular de cada usuario y la normativa específica para el caso planteado.