Solicitud de Inscripción de Semilleros y Ensayos de Organismos Genéticamente Modificados (OGM)
Descripción del trámite
Los semilleros de organismos genéticamente modificados (OGM) deben declararse ante el SAG con el fin de que éste realice las labores de inspección y fiscalización del cumplimiento de las condiciones de bioseguridad establecidas caso a caso para la multiplicación del material.
Este trámite permite obtener la Inscripción de los semilleros OGM existentes en el SAG.
¿A quién va dirigido?
Personas Naturales o Jurídicas productores de semillas OGM.
Detalles
Requisitos Previos:
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Contar con un lugar de acopio o depósito aprobado y vigente por parte del SAG
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Carta de compromiso. El multiplicador debe firmarla dejando constancia de que se encuentra en pleno conocimiento de los manejos y medidas a aplicar en un cultivo OGM, como consecuencia, éste deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones y medidas de bioseguridad establecidas en la Resolución de medidas de bioseguridad. El documento deberá considerar como información mínima:
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Aislamiento del cultivo a especies sexualmente compatibles.
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Manejos y restricciones del suelo ante destrucción del semillero o ensayo y duración de las mismas.
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Manejos y restricciones del suelo en proceso de cosecha y post cosecha del potrero y duración de las mismas.
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Plazo de presentación de la declaración de semillero o ensayo
Los semilleros sembrados en el mes de diciembre deberán ser declarados con fecha de tope el 31 del mismo mes, ya sea para declaraciones de semillero CRD, SRD o declaración de ensayo OGM.
- Declaración de Semillero con Responsabilidad Delegada:
El/la usuario/a tendrá un plazo de 7 días corridos, después de efectuada la siembra para notificar, mediante carta o correo electrónicos al Encargado(a) Sectorial de OGM’s de jurisdicción, la existencia del o los semilleros y su superficie aproximada.
Todo/a productor/a deberá enviar de forma digital mediante el sistema web "Sistema de Semillas y Plantas Frutales" el formulario de Declaración de semillero, dentro de los 30 días corridos y posteriores al término de la siembra, adjuntando el respectivo croquis de ubicación del predio y protero(s)m y la Carta de compromiso.
Sin perjuicio de lo anterior y si el usuario no pudiese hacer la presentación mediante Trámite Digital, podrá excepcionalmente presentarse directamente con la información en formato físico en la Oficina correspondiente al lugar de ubicación de los semilleros.
- Declaración de Semillero sin Responsabilidad Delegada:
El/la usuario/a tendrá un plazo de 7 días corridos, después de efectuada la siembra para notificar, mediante carta o correo electrónicos al Encargado(a) Sectorial de OGM’s de jurisdicción, la existencia del o los semilleros y su superficie aproximada.
En caso de que las empresas tengan previamente definido un estimado de semilleros por región y comuna, podrán enviar dicha planilla en vez de solicitudes individuales, previo aviso a las Oficinas SAG correspondientes.
En el plazo de 30 días corridos después de efectuada la siembra el (la) usuario(a) deberá enviar de forma digital mediante el sistema web “Sistema de Semillas y Plantas Frutales” el formulario “Declaración de semillero”, adjuntando el respectivo croquis de ubicación del predio y potrero(s), y la Carta de compromiso.
Sin perjuicio de lo anterior y si el usuario no pudiese hacer la presentación mediante tramite digital, podrá, excepcionalmente presentarse directamente con la información en formato físico en la Oficina correspondiente al lugar de ubicación de los semilleros.
- Declaración de ensayo OGM:
Los plazos de notificación de siembras dependerán de la condición de CRD o SRD (con sin “responsabilidad delegada”) del ensayo y seguirán el proceso indicado anteriormente.
Los ensayos que dentro de un mismo potrero tengan diferencias de fecha de siembra superior a 30 días, deberán ser enviados de forma digital mediante el sistema web "Sistema de Semillas y Plantas Frutales" como declaraciones de ensayos diferentes:
Formulario “Declaración ensayo OGM”Adjuntar el respectivo croquis de ubicación del predio y potrero(s)Adjuntar la Carta de compromiso.
Sin perjuicio de lo anterior y si el usuario no pudiese hacer la presentación mediante tramite digital, podrá, excepcionalmente presentarse directamente con la información en formato físico en la Oficina correspondiente al lugar de ubicación de los semilleros.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Declaración de semillero OGM: Todo/a productor/a deberá:
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Completar el formulario “Declaración de Semilleros OGM” generado en el sistema web de OGM, Certificación de Semillas y Plantas Frutales.
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Adjuntar el respectivo croquis de ubicación del predio y potrero(s).
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Adjuntar carta de compromiso.
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Identificar la Oficina SAG a la cual va dirigida esta solicitud. Si el semillero es Certificado y OGM debe seleccionar las 2 oficinas (la de OGM y la de Certificación).
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Una vez completado el formulario y adjuntada toda la información requerida, se debe seleccionar la opción enviar, de esta forma la Declaración de semillero OGM será destinada de forma automática a la Oficina SAG de jurisdicción que corresponda, teniendo presente que este trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos después del inicio de la siembra.
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Declaración de ensayo OGM: Los ensayos OGM, corresponden a solicitudes en las cuales aparezca más de 2 parentales y cuyo objetivo no sea necesariamente la producción de semilla. Las declaraciones de ensayos OGM, sean estos con responsabilidad delegado (CRD) o Sin responsabilidad delegada (SRD), deberán:
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Completar el formulario “Declaración ensayo OGM” generado en el sistema web de OGM, Certificación de Semillas y Plantas Frutales
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.Adjuntar el respectivo croquis de ubicación del predio y potrero.
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Adjuntar la Carta de compromiso.
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Identificar la Oficina SAG a la cual va dirigida esta solicitud. Si el semillero es Certificado y OGM debe seleccionar las 2 oficinas (la de OGM y la de Certificación).
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Una vez completado el formulario y adjuntada toda la información requerida, se debe seleccionar la opción enviar, de esta forma la Declaración de ensayo OGM será destinada de forma automática a la Oficina SAG de jurisdicción que corresponda, teniendo presente que este trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos después del inicio de la siembra.
Los dos formularios se generan vía web en el sistema de OGM, Certificación de Semillas y Plantas Frutales.
Desde la recepción de la declaración de semillero o ensayo OGM enviada mediante el Sistema Web del Sistema de Semillas y Plantas Frutales, cada oficia Sectorial tendrá un plazo de 10 días hábiles para pasar la solicitud al estado de “inscrita” en el “Sistema de Semillas y Plantas frutales”. Cualquier situación que genere un estado de “Objetado”, deberá ser resuelto por el productor lo antes posible, a fin de mantener el plazo de los 10 días hábiles.
La carta de compromiso solo se solicitará cuando el productor sea distinto del multiplicador.
¿Cuál es el costo del trámite?
Los semilleros y ensayos OGM deben cancelar el pago por Inspección de campo, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 6.183 de 2018:
Actividad |
Estándar en Horas |
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a) Total de inspecciones de semilleros y ensayos OGM, por potrero |
1,40 |
b) Inspección adicional, por potrero |
0,70 |
Para efectos de la presente resolución, se entenderá por:
a) Potrero: Una superficie delimitada por un camino, sendero, cerca, acequia, canal u otra infraestructura o accidente de similar efecto, en que se establece, en forma íntegra o parcial un semillero o un ensayo OGM.
b) Ensayo OGM: siembra de uno o un conjunto de eventos o constructos.
Consideraciones:
1. De existir un desfase superior a 30 días corridos con la primera siembra, se deberá realizar una segunda declaración de semillero o ensayo por el material con desfase, a lo que se aplicará el cobro correspondiente a un nuevo semillero o ensayo OGM. En el caso de transplantes, el plazo se acortará a 15 días corridos.
2. En el caso de las inspecciones de la Tabla 2, y por ser un proceso de pago posterior, el SAG emitirá la notificación de cobro al término de la inspección de post cosecha.
¿Marco Legal?
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Resolución exenta Nº 1.523 de 2001, que Establece normas para la internación e introducción al medio ambiente de organismos vegetales vivos modificados de propagación.
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Resolución N° 6.183 de 2018 que fija tiempos estándares.
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Resolución de bioseguridad. Autoriza liberación al medio ambiente y establece medidas de manejo para eventos de semilla transgénica para cada empresa que va a actuar como productor de semillas OGM.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Semi Presencial1- Reúna los antecedentes requeridos. 2- Vaya al sitio Sistema de Semillas y Plantas frutales (http://csm.sag.gob.cl/Common/frmLogin.aspx) 3- Una vez en el sistema, escriba su Rut y clave, y haga clic en "Ingresar". 4- Complete los datos de la declaración de Semillero o Ensayo, adjunte los antecedentes requeridos y haga clic en el botón “Enviar” 5- Como resultado del trámite, habrá presentado la Inscripción del semillero o ensayo OGM en el SAG.
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