¿Por qué no se pueden ingresar algunos productos de origen animal y vegetal a Chile?
El no declarar los productos que usted trae a Chile y entregarlos para la evaluación del inspector/a SAG, podría significar que el producto que desea ingresar cause daño a la producción del país, provocando la necesidad de un plan de erradicación o control y con esto una gran perdida económica sumando a esto la disminución de la confianza de los mercados a los que Chile exporta.
El objetivo de la inspección al ingreso a Chile es prevenir la introducción de enfermedades exóticas*, plagas cuarentenarias** y especies invasoras*** de importancia económica según las prioridades de la política silvoagropecuaria del país.
DECLARE todos los productos de origen vegetal y animal, y si tiene alguna consulta realícela a un/a Inspector/a SAG antes de entregar su Declaración Jurada, llame al 600 818 1724 o complete el formulario de contacto
Productos de ingreso regulado que deben ser declarados sin importar su cantidad, grado de industrialización o tiempo desde que se obtuvo.**** | Peligro sanitario |
Productos apícolas: miel, cera, polen, etc. | Pueden portar enfermedades apícolas como loque americana, nosemosis de las abejas, varroasis, etc. |
Artesanías y/o productos decorativos con productos, subproductos o partes de origen animal y/o vegetal | Pueden vehiculizar enfermedades. |
Frutas y/o vegetales. | Pueden introducir plagas como la mosca de la fruta, gorgojo, etc. |
Flores y/o plantas silvestres, de jardín o de tiendas comerciales.Vegetales y sus partes: semillas, bulbos rizomas, raíces, yemas, tubérculos, estacas, púas, etc. | Pueden introducir plagas y enfermedades ya que son potenciales portadores de insectos, hongos, bacterias, virus y otros microorganismos nocivos. |
Insectos, bacterias, hongos, virus y otros microorganismos para investigación u otros usos | Constituir en sí plagas expansibles |
Todo tipo de animales | Pueden ser portadores de enfermedades como rabia, toxoplasmosis, psitacosis entre muchas otras. |
Carnes de cualquier especie animal.Productos al vacío, embutidos, jamones, etc. Productos lácteos y/o sus derivados. | Pueden vehiculizar enfermedades como fiebre aftosa, EEB (vaca loca), toxinfecciones alimentarias, etc. |
Productos químicos y biológicos para uso en actividades agrícolas.Productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.Productos para alimentación animal. | Pueden propagar enfermedades transmisibles a los animales. |
Enfermedades exóticas*, que no existen en el país
Plagas cuarentenarias**, plaga de importancia económica potencial para un país o área, la cual no está presente o estándolo no se encuentra ampliamente distribuida.
Especies invasoras***, animales, plantas u otros organismos transportados e introducidos por el ser humano en lugares fuera de su área de distribución natural y que han conseguido establecerse y dispersarse en otro lugar, donde resultan dañinos.
**** Estos productos deben presentar documentación exigida y/o ser autorizado por el/la inspector/a SAG, según corresponda, para su ingreso a Chile.