Declaración Jurada SAG de ingreso a Chile
Declaración Jurada Digital
También puedes acceder www.ingresoachile.cl
Disponible en los siguientes Controles Fronterizos - Ver aqui
La ley chilena indica que las personas deben declarar bajo juramento en formularios especiales (formato digital o papel), el hecho de portar o traer consigo, en sus vestimentas, en su equipaje o de algún modo en el medio de transporte en el que se traslada, uno o más de los siguientes bienes: vegetales, animales, productos, subproductos y partes de origen vegetal o animal (incluidas las artesanías), productos químicos y/o biológicos para uso en actividades agrícolas, productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario y/o productos para alimentación animal que pretendan ingresarse al país. Éstos serán revisados por un/a Inspector/a de control de frontera del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) antes de su nacionalización, por el riesgo que implica su ingreso desde el extranjero, independiente de su cantidad, envase o tiempo desde que lo obtuvo.
Luego de la inspección y al contrastar lo declarado en el formulario, el/la Inspector/a definirá la medida a aplicar según cada producto, por ejemplo: si después de la inspección se confirma que el producto cumple con los requisitos establecidos, se autorizará su ingreso, caso contrario, si se define que es un producto que no cumple, no se permitirá el ingreso y el producto será eliminado.
No declarar productos de riesgo en el formulario de Declaración Jurada SAG está asociado a sanciones y pago de multas. ¡Evítelos!
Elija su punto de ingreso al país:
Revisa aquí el material audiovisual de bienvenida a Chile elaborado por el Servicio Agrícola y Ganadero e Imagen de Chile que se emite en los vuelos que arriban al país desde el extranjero, dando cuenta además de la Declaración Jurada Digital SAG, con la que deben cumplir obligatoriamente los pasajeros al ingresar a suelo nacional.