Solicitud de Autorización de Plaguicidas
Descripción del trámite
Las solicitudes para autorizar plaguicidas que se utilicen en la agricultura son sometidas a evaluación por parte del SAG, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Nº 1.557 de 2014
La evaluación de las solicitudes se lleva a cabo a través de un proceso en el cual el Servicio debe determinar que el plaguicida es efectivo para el fin a que se destina, y no aporta un riego inaceptable para la salud humana, animal y el medio ambiente.
Obtenga más información.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
¿A quién va dirigido?
Personas naturales y jurídicas que requieran fabricar, importar, exportar, distribuir, vender, tener y aplicar un plaguicida de uso agrícola en el país que no cuenta con autorización en Chile.
Detalles
Guía de orientación sobre requisitos y procedimientos para solicitar la autorización de plaguicidas.
Con la finalidad de contribuir a una mejor comprensión de los requisitos y procedimientos establecidos para la autorización de plaguicidas de acuerdo a la Resolución SAG N° 1.557 de 2014, se ha elaborado una guía de orientación para apoyar el proceso de presentación de las solicitudes y los documentos de respaldo ante el SAG.
La guía se compone de los siguientes documentos:
- Guía de orientación - Disposiciones generales
- Guía de orientación - Autorización por Identidad
- Guía de orientación - Anexo
Listas de plaguicidas
Nota: los productos se encuentran separados por Serie (1000, 2000, 3000, 4000)
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Según lo dispuesto en la Resolución Nº 1.557 de 2014, en su numeral 4, se indican los Requerimientos previos técnicos y administrativos para la autorización de un plaguicida:
- Solicitante o titular
- Condiciones de la documentación
- Estudios realizados para el respaldo del expediente y certificados, acorde a cada tipo de solicitud
- Extracto de la solicitud de autorización publicado en el Diario Oficial
- Finalmente, el pago de la tarifa de acuerdo a tipo de solicitud y presentación o ingreso de la solicitud, ya sea en oficina o en línea (Ver en ¿Cuál es el costo del trámite?).
La evaluación de las solicitudes de autorización se realiza en tres etapas:
1.- Verificación Documental (Etapa I) y Verificación Analítica.
Presentación de la Solicitud de Autorización de Plaguicidas y expediente con los antecedentes técnicos requeridos.
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Solicitud de verificación documental para autorización de plaguicidas (Etapa I)para: Autorización de plaguicidas por identidad, Autorización de plaguicida con sustancia activa idéntica a una de un plaguicida autorizado, Autorización de plaguicida idéntico a formulado autorizado, Autorización de plaguicida por equivalencia, Autorización para uso de producción orgánica.
Cuando corresponda, presentación de muestras Patrones Analíticos y otros elementos para la verificación analítica en laboratorios del Servicio o autorizados por éste, de acuerdo a la normativa vigente.
2.- Evaluación Técnica (Etapa II) de la información presentada.
La evaluación de la información presentada permite tomar la decisión de autorizar o no un plaguicida y de establecer las condiciones mínimas que deben cumplir para su correcto empleo.
3.- Revisión de etiqueta (Etapa III) y resolución de autorización.
Presentación de la Hoja de Datos Seguridad (HDS) y etiqueta de embalaje de sustancia activa grado técnico, y la HDS y etiqueta del producto formulado. Cuando corresponda, se evalúa (acento en la u) los antecedentes para la autorización en producción orgánica, de acuerdo a la normativa vigente, y posteriormente se realiza la etiqueta.
¿Cuál es el costo del trámite?
El solicitante de una autorización de un plaguicida deberá pagar las tarifas establecidas para las distintas etapas del proceso de autorización de un plaguicida.
Revisar el cuadro de tarifas de plaguicidas, haga click aquí para ver.
¿Qué vigencia tiene?
Diez años a contar de la fecha de emisión de la resolución de autorización, renovable por igual periodo si se solicita renovación antes de 6 meses de su vencimiento.
¿Marco Legal?
- Decreto ley Nº 3.557 sobre Protección Agrícola.
- Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Ley N° 20.308, sobre la Protección a los Trabajadores en el Uso de Productos Fitosanitarios.
- Resolución Exenta N° 2.433/2012 del SAG, que Delega Atribuciones en Autoridades del Servicio Agrícola y Ganadero
- Resolución Exenta N° 1.557/2014 del SAG, que Establece Exigencias para la Autorización de Plaguicidas.
- Resolución Exenta N° 9.074/2018 del SAG, que establece condiciones y requisitos para autorizar plaguicidas microbianos.
- Resolución Exenta N° 7.542/2017 del SAG, que establece condiciones y requisitos para autorizar plaguicidas solo para exportación
- Resolución Exenta N° 6.979/2012 del SAG, que establece requerimientos para la autorización de plaguicidas para control de especies dañinas y plagas en ecosistemas naturales.
- Resolución Exenta N° 6.666/2009 del SAG, que establece disposiciones para autorizar el uso de plaguicidas en cultivos menores.
- Resolución Exenta N° 5.392/2009 del SAG, que establece denominación y códigos de formulación de plaguicidas.
- Resolución Exenta N° 2.195/2000 del SAG, que establece requisitos que deben cumplir las etiquetas de los envases de plaguicidas de uso agrícola.
- Resolución Exenta N° 2.196/2000 del SAG, que establece clasificación toxicológica de plaguicidas de uso agrícola.
- Resolución SAG N° 5.197/2020 del SAG, que fija los estándres para la aplicación de las tarifas a ser aplicadas a estos servicios.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En oficina1- Reúna los antecedentes requeridos. 2- Diríjase a la oficina central del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ubicada en Paseo Bulnes 140, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. 3- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización de plaguicidas. 4- Entregue los antecedentes requeridos. 5- Pague el valor que corresponda. 6- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de autorización. En caso de evaluación favorable por parte del SAG, obtendrá la autorización para el plaguicida respectivo. |
En Línea
Opción 1: Sistema de autorización de plaguicidas
1- Reúna los antecedentes requeridos. 2- Haga click en Ir a trámite. 3- Ingrese con su Clave Única. Si su empresa no está registrada, solicite el registro y espere la aprobación. 4- Elija el tipo de autorización entre las disponibles (si no está disponible, elija otra vía de ingreso). 5- Entregue los antecedentes requeridos. 6- Realice el pago. 7- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de autorización. En caso de evaluación favorable por parte del SAG, obtendrá la autorización para el plaguicida respectivo.
Opción 2: Vía e-mail (Ventanilla habilitada debido a la pandemia y hasta que se diga lo contrario)
1-Ingreso de solicitud: a) Para la solicitud de nueva autorización de plaguicida: reúna los antecedentes requeridos, solicite la SPS al mail registro.plaguicidas@sag.gob.cl y pague.
b) Para solicitud de Renovación y/o Modificación de una autorización: reúna los antecedentes requeridos, solicite la SPS al mail postregistro.plaguicidas@sag.gob.cl y pague.
2- Envíe la solicitud con sus documentos adjuntos a la misma casilla mencionada en punto 1 según sea su tipo de solicitud.
3- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de autorización, modificación o renovación, según sea el caso. En caso de evaluación favorable por parte del SAG, obtendrá la autorización de registro, de modificación o de renovación para el plaguicida en cuestión. Para más información haga click aquí. |